Foro de viviendas VPO y pisos de renta libre

miércoles, 6 de septiembre de 2006

Alquilar una vivienda de protección oficial

Soy socio adjudicatario de una vivienda VPO aún en construcción en Madrid. Me voy a casar y mi próxima cónyuge posee una vivienda libre de su propiedad en Colmenar Viejo. Pretendo seguir viviendo allí tras la boda. En vista de ello, ¿qué puedo hacer con la vivienda VPO?, ¿la podré alquilar?

Alquilar una vivienda de protección oficial

3 Comentarios:

Blogger su vivienda dijo...

La Ley de Arrendamientos Urbanos de 1994 contempla la posibilidad del arrendamiento de viviendas de protección oficial en su Disposición Adicional Primera.

16:58  
Anonymous Anónimo dijo...

¿Se puede alquilar un piso VPO? Les agradezco a quien me pueda ayudar con lo que pregunto, o que me indiquen quién me puede aclarar estas dudas.

Estoy alquilando un piso VPO el cual se está pagando todavía y la dueña no me da recibo de alquiler, por lo tanto no quiere que cuando hago el depósito le especifique el concepto. Eso me parece raro con lo cual creo que se maneja en la ilegalidad.

El contrato se hizo en una inmobiliaria y el precio lo puso ella. Eso me tiene un poco desconcertado porque pretende cobrar aparte un impuesto que sube todos los años y no me parece justo.

Porque no sé si ella puede poner el precio de alquiler porque no vive en el pueblo donde alquilo. Ella vive en Barcelona lo cual no sé si está bien.

Otra pregunta, ¿el alquiler que pago lo puedo poner en la declaración de renta?

Muchas gracias por la atención.

14:27  
Anonymous Anónimo dijo...

Hola.

¿Se puede alquilar una VPO? Si es así, ¿es posible que el propietario reciba algún tipo de ayuda por el arrendamiento?

Gracias y un cordial saludo.

17:38  

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