Foro de viviendas VPO y pisos de renta libre

martes, 29 de abril de 2008

Dudas sobre la Renta Básica de Emancipación

Hola, me dirijo a ustedes por un caso que me tiene muy preocupado, os lo expongo brevemente. Resulta que alquilé un piso con mi pareja para beneficiarnos de la renta básica de emancipación, el contrato lo formalicé por hacienda sin ningún problema, pero me han denegado la subvención porque en la nota simple registral de la vivienda viene como que es de VPO. Le he pedido al casero la escritura original del piso ya que él lo heredó de su madre y luego hizo otra escritura a su nombre, pues bien la escritura original es de septiembre de 1977 y en ella no consta por ningún lado como que la vivienda esté en régimen de VPO y en el portal no hay ningún distintivo que lo indique. Mi pregunta es: ¿existe la posibilidad de que al realizar la escritura a nombre de mi casero la declararan como VPO? Porque mi casero dice que no tiene constancia de esto pero en el registro de la propiedad indican que sí. ¿Qué puedo hacer? Os ruego me contestéis lo antes posible ya que tan sólo tengo un plazo de 15 días para presentar alegaciones. Muchas gracias.

lunes, 28 de abril de 2008

Bonificación por el alquiler a jóvenes según el IPREM

Hola amigos, tengo una duda y espero que me la podáis solucionar.

Tengo, junto con mi mujer, una vivienda que alquilamos en el 2007 a un matrimonio, que tienen una niña pequeña. Me comentan que si la vivienda está alquilada a menores de 35 años y su renta anual no supera dos veces el IPREM podemos acceder a una bonificación.

Mi duda es la siguiente: en el matrimonio el hombre trabaja, pero la mujer no. Entonces el sueldo de él sí supera el IPREM. Mi pregunta va relacionada si en caso de ser matrimonio, si para el cómputo de la cuantía anual el sueldo anual del hombre se divide entre los dos, en este caso sí daría a cada uno unos ingresos anuales por debajo del IPREM.

Por ejemplo: si el sueldo de él es de 1.200 euros por 14 pagas es de 16.800 euros. Supera por tanto el IPREM, que no llega a los 12.000 euros. Si por el contrario, al ser matrimonio y realizar la declaración conjunta esos 16.800 euros se dividen entre dos quedan 8.400 euros para cada uno por lo que no superarían cada uno el IPREM. ¿Estoy en lo correcto?

Gracias.

lunes, 21 de abril de 2008

Presentación de la declaración para adquirir vivienda de protección

Hola, me dirijo a ustedes porque se me está dando un problema bastante grande con una vivienda de VPPL que me compré en el 2004 y que mi pareja, ahora esposa, y yo cumplíamos los requisitos económicos sin ningún problema, por eso nos la compramos, sabíamos a lo que optábamos y por entonces no ganábamos mucho, demostrable por las declaraciones de la renta que en cualquier momento podríamos mostrar.

Desde el 2006 nos empezó a ir bien económicamente hablando. Pues bien, terminarán la construcción de nuestro piso después del verano de este año, pero la gestora nos está pidiendo las declaraciones del 2006 y 2007, cosa que desde el 2004 siempre se nos han dicho que se nos pedirá la declaración del 2004, nos piden esto porque por lo visto el IVIMA se lo ha exigido.

La duda, o más bien el miedo, es mi mujer y yo, que nos pasamos económicamente ahora para optar a nuestra vivienda, ¿qué podemos hacer después de estar 4 años pagando un piso que aún no tenemos y además de los 4 años de alquiler que llevamos pagando? Por favor, necesitaría una respuesta.

Muchas gracias por atenderme.
Saludos.

viernes, 18 de abril de 2008

Cuenta vivienda y desgravación por adquisicion de vivienda

Mi duda es la siguiente y agradecería toda la información que me pudieran aportar.

El año pasado 2007 me venció una cuenta ahorro vivienda, el 15/05/2007. Procedí a su cancelación a finales de diciembre cuando me informaron que la fecha de 4 años para adquirir una vivienda era desde el día de apertura de dicha cuenta. Actualmente he conseguido acceder a una vivienda de protección pública en forma de cooperativa comenzando a realizar pagos, un primer pago de 6.000€ a mediados de este mes de abril (17/04/2008) y a partir del 8 de junio pagarés o letras de unos 750€.

Estas promociones por temas burocráticos de adjudicación de las parcelas (mediante licitación) por parte del ayuntamiento de mi ciudad no se han podido llevar a efectos hasta esta fecha, aun habiéndose publicado ya en 2006, y estando apuntado a las listas de la EMV desde dicho año de 2006, al no salir las promociones del ayuntamiento, por dicho motivo, no pude comenzar a realizar los pagos y me cumplió el plazo de 4 años.

Como ya os imagináis mi pregunta es si estoy obligado a devolver en la declaración de este año correspondiente al ejercicio de 2007 todo lo desgravado durante los cuatro años anteriores más intereses, o se puede informar de alguna manera que dicho dinero está siendo empleado para la adquisición de una primera vivienda de VPPL con un retraso de algunos meses. ¿Se puede declarar la adquisición del inmueble aun habiendo empezado a realizar el pago en 2008 en esta declaración? ¿Se tendría que incluir como adquisición la vivienda en el 2007? ¿O no hay solución alguna, y estoy sí o sí obligado a realizar la devolución de lo anteriormente desgravado bajo pena de multa por la administración?

Como imaginaréis estamos mi novia y yo un poco con la soga al cuello y no sé cuál es el mejor paso a dar, agradecería toda la ayuda que me pudierais prestar.

Gracias por hacer este servicio a la comunidad.
Saludos.

jueves, 17 de abril de 2008

Cómo elegir una vivienda acertadamente

Hola, contacto con ustedes para preguntarles, si me pueden ayudar a aclararme, sobre qué tipo de vivienda elegir.

Es en el mismo edificio (vpo), y puedo elegir entre un ático interior de 61 m2, o un bajo de 67 m2 exterior. En distribución me gusta más el bajo, tiene más metros, y el salón queda mejor, el inconveniente que creo que podría tener es el ruido exterior: personas, coches, etc. En cuanto al ático, es interior y las vistas no son tan buenas como uno exterior, el salón es más estrecho, y además creo que para el frío y el calor son peores.

Por favor, si leéis mi mensaje me gustaría que me contestaseis lo antes posible, y ver si me podéis aclarar con algunos datos que yo no sepa, ya que me tengo que decidir lo antes posible.

lunes, 14 de abril de 2008

Alquiler de vivienda con régimen de VPO

Hola, ante todo explicar mi situación y saber si tengo posibilidades con respecto a la casa.

Vivo en una casa de VPO para empleados del ministerio de vivienda, dicha casa se adquirió en 1983 y la dueña falleció poco después. El hermano adquirió la casa sin ésta haber dejado testamento, que por lo que he podido enterarme es legal. Habiendo ido al registro de propiedad para saber la situación de la casa me encuentro que dicha vivienda está con una VPO a 50 años.

Mi pregunta es: ¿Si lo denuncio el tema tengo posibilidades de que el dueño pierda la casa? Si es así, ¿me podría beneficiar yo de ella por llevar 2 años viviendo en ella? Y si no es así, ¿qué pasaría si lo denuncio? ¿Le pondrían una sanción? ¿Me podría echar de la casa después?

Muchas gracias.

viernes, 11 de abril de 2008

Consulta sobre derecho a una vivienda VPO

Hola, explico un poco la situación.

Tengo una vivienda propia de renta libre (compartida con mi pareja) en la provincia de Cádiz comprada hace unos años. Por causas de trabajo he tenido que trasladarme a la provincia de Málaga y estoy mirando para comprarme una vivienda aquí, pero esta vez me gustaría que fuera de VPO, porque otra de renta libre no puedo permitírmelo, claro está.

He leído mucho y he intentado informarme por todos lados de los derechos que tengo. En varios sitios me han dicho que como es por causas laborales hay alguna ley que me da derecho a comprar otra vivienda y que se considere como vivienda habitual junto a la otra (puesto que mi pareja vive en la otra) y que ambas viviendas me desgravarían en Hacienda.

Mi pregunta es: ¿tengo derecho a pedir una VPO por causas laborales? Conozco a una persona que lo hizo en Granada pero no encuentro información sobre esto.

Por favor ayúdenme con esto, o comuníquenme dónde podría informarme de todo esto. Gracias por todo, espero impaciente una respuesta. Saludos.

jueves, 10 de abril de 2008

Aval para hipoteca sobre vivienda de VPO

Hola, el año pasado solicité una vivienda de VPO y tras el sorteo correspondiente me fue adjudicada una. Ahora se aproxima la entrega de llaves y la caja de ahorros me dice que necesito que alguien me avale para que me concedan el préstamo hipotecario.
¿Eso es legal? ¿Lo pueden hacer? Tenía entendido que las viviendas de protección oficial son para personas con rentas bajas por lo que no se les puede exigir aval.

Gracias, espero ansioso respuesta.

martes, 8 de abril de 2008

Traspaso de vivienda por medio de donación y compra

Hola, en primer lugar, gracias por adelantado. Tengo una consulta breve, pero que me necesito aclarar.

Mis padres tienen un piso que van a traspasarme. Como tengo una cuenta ahorro vivienda con algo de dinero ahorrado (bastante menos del valor del piso) habíamos pensado que podría comprarles el piso por esa pequeña cantidad ahorrada, mientras que el resto del valor del piso me lo donarían, ya que vivimos en la Comunidad de Madrid, donde el impuesto de donaciones es mínimo. ¿Es esto posible?

De nuevo, gracias. Un cordial saludo.

sábado, 5 de abril de 2008

Consulta sobre cambio de la figura de promotor

Buenos días. Ante todo, muchas gracias por su atención y por dejarme plantearles mi consulta.

Yo he adquirido una vivienda sobre plano a través de contrato privado de compraventa. A la mitad de la construcción, el promotor ha transmitido los derechos y obligaciones de la promoción a otra empresa promotora. La pregunta es la siguiente: ¿puedo rescindir unilateralmente mi contrato privado de compraventa, reclamando la devolución de las cantidades satisfechas, ante este cambio de promotor?

Yo supongo que sí, pero me gustaría que me lo confirmaran.

Muchísimas gracias por anticipado.
Un saludo.

martes, 1 de abril de 2008

Devolución de fianza en alquiler sin contrato legal

Hola, me gustaría explicar mi caso. Resulta que alquilé un piso pensando que el contrato era legal, hasta que al salir lo de las ayudas se lo comentamos al dueño del piso. Él nos explicó que no podía ser, que si queríamos podíamos irnos, pero que el piso era de protección oficial y él no podía alquilarlo, así que el último año ni siquiera firmamos el contrato, claro, pensando que total para la validez que tendría, aún así siempre hemos sido rigurosos con el pago sin problema. Además ahora en Abril, supuestamente, se renovaría, lo que pasa que a principios de Marzo avisamos al dueño para decirle que en Abril no estaríamos en el piso, él dijo que vale, que no pasaba nada.

El 31-3-2008 quedamos para la entrega de llaves y la devolución de la fianza, según el dueño no nos quiere devolver la fianza porque hay dos puertas con un par de rayajos, dos agujeritos de haber puesto una cortina, el agujero es de grande, en fin, el tamaño de una alcayata para colgar una cortina, y una mesa que se le mueven las patas. Me gustaría saber mis derechos como inquilino y los derechos del propietario, puesto que llegué a decirle que eso eran desperfectos por el uso y que lo iba a denunciar, contestación de él que no había contrato puesto que no lo firmé y que él podía alegar que vivía conmigo en el piso. Ahora encima me siento mal, porque no sé quien tiene la razón, en fin, me gustaría que me dijeran qué derechos tenemos cada uno puesto que en una ocasión le pedí que cambiara el somier porque estaba muy estropeado y me dijo que sé que lo cambiaba y lo pagábamos entre los dos y así fue, la mitad él y yo la otra mitad.

Gracias.

Propiedad compartida con contrato de compraventa privado

Somos un total de 21 amigos dueños de una propiedad urbana, que no es vivienda habitual de ninguno y sólo se usa para fines de semanas o alguna celebración en común, con un 4,70% de participación de cada copropietario. En la actualidad sólo tenemos como prueba de compra un contrato de compra y venta privado donde figuran los 21 con nombres y apellidos y DNI, el modelo 600 de tener abonado los derechos por transmisiones patrimoniales y el expediente del registro catastral.

Planteado el deseo de la mayoría de elevar a escritura pública y al no existir el registro previo de la propiedad se impone abrir un expediente de dominio. Reunidos en asamblea los 21 copropietarios hay 4 que se niegan a elevar a escritura pública y dicen preferir quedarse con la escritura privada.

La pregunta es si hay alguna legislación al respecto para poder llevar a cabo el deseo de la mayoría. ¿Los acuerdos deben ser por mayoría simple, por mayoría absoluta o tiene que ser por la totalidad?